Actualización de Información fiscal de socios y accionistas

mayo 22, 2020

El artículo 27 apartado B fracción III de la Ley del Código Fiscal de la Federación, prevé la obligación de reportar en aviso especial los nombres, y Registro Federal de Contribuyentes de socios y accionistas de sociedades y asociaciones. Esta obligación debe cumplirse a través de la mecánica prevista en la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios o accionistas”, contenida en el Anexo 1-A, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto de constitución, o cambio o operacional o de participación y capital, ante la  administración General de Servicios al Contribuyente.

Este aviso es muy importante para evitar que se ligue a personas incorrectas a la participación de capital de las empresas, así como para dar mayor certeza a los movimientos patrimoniales relevantes de los contribuyentes que operan a través de personas jurídicas.

Es muy importante que todas las entidades revisen que su historial de propiedad de capital está actualizado y cumplen con esta obligación, sobre todo aprovechando que para 2020, en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, se publicó el artículo CUADRAGÉSIMO CUARTO Transitorio, mismo que permite por única ocasión presentar el aviso antes del 30 de junio de 2020 señalando la tenencia y participación patrimonial actual de cada compañía, sociedad o asociación.

Actualización de información de socios o accionistas 2.4.19. Para los efectos del artiìculo 27, apartados A, fracción III y B, fracción VI del CFF, las personas morales deberaìn presentar un aviso ante el RFC en la cual informaran el nombre y la clave del RFC de los socios o acciónistas cada vez que se realice una modificación o incorporación, conforme a la ficha de tramite 295/CFF              “Aviso de actualización de socios o accionistas”, contenida en el Anexo 1-A, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquel en que se realice el supuesto correspondiente ante la ADSC.

Por último, para gestionar el debido cumplimiento de estas obligaciones que muchos contribuyentes han olvidado, surgió en 2020 el siguiente artículo transitorio de la Resolución Miscelánea:

ARTICULO TRANSITORIO DE LA RMF 2020 (DOF 28 DE DIC 2019):

Cuadragésimo Sexto. Para los efectos del artículo 27, apartados A fracción III y B fracción VI del CFF, las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC, deberán presentar el aviso a que hace referencia la regla 2.4.19. El aviso referido deberá presentarse por única ocasión con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento a más tardar el 30 de junio del 2020.

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