Cómo reducir el impacto fiscal de la sucesión patrimonial : ¡Conservar ya lo construido!

Luis Maldonado

Socio Líder de la práctica Tributaria

En México cuando una persona fallece y desea que sus herederos conserven su Patrimonio Inmobiliario establece generalmente una estrategia legal básica que se basa en el otorgamiento de testamento y con él, el seguimiento a su sucesión testamentaria. Esta línea de acción tradicional implica desde luego que los herederos al aplicarse los bienes tendrán que pagar los Costos de Traslado de Dominio (CTD) correspondientes, que están relacionados con el proceso de herencia y transferencia de bienes, estos van de un 8% a un 12% del valor del avalúo notarial, catastral o comercial aproximadamente dependiendo del Estado en el que se encuentre el Patrimonio.

El tiempo estimado para que los herederos se adjudiquen la propiedad puede ir de 6 a 12 meses o más en caso de disputas entre los herederos o que estos no cuenten con los recursos necesarios para pagar los CTD o no tengan los documentos necesarios y la información completa, incluyendo la asesoría de Notarios y abogados.

Adicionalmente, si quién falleció tenía deudas como parte de su balance personal patrimonial, los acreedores tienen el derecho de reclamarlas de los bienes heredados, exista o no testamento y una vez cobrada la deuda, los bienes sobrantes irán a los herederos. Ni hablar del tiempo y reto jurídico que significa que una persona deje su patrimonio al fallecer sin instrumentos testamentarios.

Asimismo, a todo esto hay que sumar, que existen ya iniciativas y estudios que hacen preveer que en el plazo medio puede activarse en México el impuesto especial sobre herencias como parte de una carga patrimonial especial. Esta carga tributaria, al igual que en la mayoría de los países desarrollados y los que forman parte de la OCDE, pretendería gravar el 100% de la Masa Hereditaria considerando eventualmente opciones de exención y parcialización de gravamen.

SOLUCIONES

Una de las estrategias más usadas en países desarrollados y que funciona también en México, es a través de contratos específicos complementarios del sector asegurador para crear las condiciones ideales y reducir de forma eficiente el impacto fiscal y financiero de los herederos de la sucesión patrimonial familiar y empresarial logrando que la familia conserve lo que tanto tiempo y esfuerzo les ha costado construir.

Los procesos de seguros de vida y coberturas que existen en el mercado, por ejemplo, permiten hacer aportaciones no embargables y no acumulables fiscalmente que sirvan a los herederos a cubrir las cargas fiscales de cobertura en los costos de transmisión patrimonial conforme una planeación especial.

En este sentido, instrumentos como seguros cruzados de cónyuges, pólizas con recuperación y montos de valuación en edad manejable son estructuras de planeación financiera que ayudan a evitar las bombas de costo por recepción de herencia.

Estrategias más complejas pueden involucrar la creación de sociedades en México o el extranjero, formulación de fideicomisos u operaciones de transmisión en vida.

Es tiempo en realidad de pensar en la conservación del Patrimonio y la tranquilidad de futuro de forma en que se pueda operar una posible nueva realidad fiscal mexicana.