SHCP define montos mínimos para reportar esquemas
febrero 3, 2021
La obligación por parte de los asesores fiscales y los contribuyentes de revelar sus esquemas reportables, aprobada desde 2020, es aplicable a partir de 2021, Incluso, el 26 de enero se dio a conocer en el portal del SAT el aplicativo para remitir la declaración informativa para revelar los esquemas reportables.
Cabe precisar que el numeral 199, párrafo cuarto del CFF se indica que el SAT emitirá reglas de carácter general para la aplicación de esta obligación, y la SHCP mediante acuerdo secretarial emitirá los parámetros sobre montos mínimos respecto de los cuales no se aplicará este deber.
Bajo ese contexto este 2 de febrero se publicó en el DOF el “Acuerdo por el que se determinan los montos mínimos respecto de los cuales no se aplicará lo dispuesto en el Capítulo Único del Título Sexto del Código Fiscal de la Federación, denominado de la Revelación de Esquemas Reportables”
En dicho acuerdo se precisa que los esquemas reportables generalizados al buscar comercializarse masivamente, serán siempre de interés de la administración fiscal; mientras que, en el caso de esquemas reportables personalizados, al estar adaptados a las circunstancias particulares de contribuyentes específicos, es viable establecer montos mínimos para aplicarlos.
Por ese motivo no serán aplicables las disposiciones respecto de la revelación de esquemas reportables, para los asesores fiscales o contribuyentes respecto de los esquemas reportables a que se refieren las fracciones II a XIV del artículo 199 del CFF, siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, y el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México, no exceda de 100 millones de pesos.
Además, se precisa que cuando exista más de un esquema reportable que involucre o espere involucrar a un mismo contribuyente, y siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, para determinar la cantidad de 100 millones de pesos mencionada, se deberá considerar el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México a través de la totalidad de los esquemas reportables personalizados.